Guía

Quién emite el DeCA: cargador o transportista

No hay una sola persona «dueña» del documento DeCA. El artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012, tras la modificación de 2026, reparte quién debe generarlo y qué datos responde cada parte. No basta con decir «el cargador ya me lo manda». El reparto legal está resumido en la normativa DeCA.

Cargador contractual

Responde de las letras a) a d): identidad de las partes, origen y destino, naturaleza y peso de la mercancía. Si te envía un documento digital conforme (PDF nativo con QR), vale para esa parte. Las empresas que encargan el transporte a terceros suelen querer emitir o revisar ese bloque antes de que salga el camión. El detalle de uso está en DeCA para cargadores.

Transportista efectivo

Responde de las letras e) a g): fecha del transporte, autorización especial cuando proceda, y matrícula. Tiene que llevar el documento disponible aunque el cargador no se lo haya facilitado. Por eso el transportista necesita su propia forma de crear el DeCA en segundos, no solo esperar un archivo por WhatsApp. Si eres autónomo, el flujo día a día está en DeCA para autónomos, paso a paso.

Lo que no vale

Un documento creado a mano, en Excel o por un mensaje no sustituye el DeCA generado en digital. Sí vale una copia impresa del PDF si lleva el QR del documento digital.

Operadores y gestorías

Un operador logístico coordina a clientes, transportistas y centros. Una gestoría lleva varias empresas. En los dos casos el reparto legal no cambia: cada dato sigue siendo de quien indica el artículo 6. Cambia el modo de trabajo, con varias empresas en un mismo panel. Mira operadores y gestorías.

Qué es el DeCA · Normativa · Qué pasa si no llevas el documento

Pedir una demo